- La normativa se adapta además a la nueva legislación y establece el uso obligatorio del casco en las bicicletas en todo el casco urbano a los menores de 16 años
Lo más novedoso es la regulación que hace la ordenanza en relación a la circulación de bicicletas y de otros vehículos sin motor, como los “monopatines, patines o aparatos similares”.
En lo referente a las bicicletas, por un lado se adapta la normativa a lo que establece la Ley de Tráfico tras la modificación introducida este año. En este sentido, se establece la obligación de utilizar casco protector en las vías urbanas para todos los usuarios de bicicletas menores de 16 años. Además, para todos los usuarios, será obligatorio el empleo de timbre, y también el de luces y elementos reflectantes en condiciones de poca visibilidad (por la noche, al atravesar un túnel o un paso inferior o en condiciones meteorológicas adversas).
Pero además de incorporar estas normas en adaptación a la legislación estatal, la nueva ordenanza aprovecha para facilitar la convivencia entre los vehículos sin motor, peatones y tráfico rodado, con una exhaustiva regulación de las normas a emplear por ciclistas y usuarios de patines, monopatines, patinetes,…
En el caso de las bicicletas, la principal novedad es que queda terminantemente prohibida su circulación por aceras y espacios peatonales. Eso sí, con una excepción: esta prohibición no rige para los menores hasta 14 años, que podrán circular por esos lugares siempre y cuando no lo hagan de manera temeraria.
En cuanto a patines, monopatines “y otros aparatos similares”, sólo se podrán emplear en zonas o vías reservadas, carriles-bici y aceras-bici.
La ordenanza incorpora un detallado cuadro de sanciones, que contempla multas de 50 euros por la circulación de bicis y patines por los lugares no permitidos.
Asimismo, la Policía Local podrá retirar todas aquellas bicicletas que permanezcan abandonadas, que dificulten la circulación o dañen el mobiliario urbano, y llevarlas hasta el depósito municipal de vehículos.
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